Santo Domingo, 22 de septiembre del 2022.La AsociaciĆ³n de Fiscales Dominicanos (FISCALDOM), representada por su Coordinador General, Dr. Francisco RodrĆguez Camilo, intimĆ³ al Presidente de la RepĆŗblica, Lic. Luis Abinader Corona, a fin de que en el proyecto del presupuesto general de la naciĆ³n para el aƱo 2023, sean asignados a la ProcuradurĆa General de la RepĆŗblica los recursos suficientes para cubrir sus necesidades perentorias de los miembros del Ministerio PĆŗblico y de la instituciĆ³n, en cumplimiento de lo que se dispone en la Ley No.194-04, con la advertencia de que en caso de no obtemperar a su requerimiento, los fiscales de todo el paĆs podrĆan paralizar todos los trabajos bajo su responsabilidad, lo que incluye, la persecuciĆ³n, allanamientos, investigaciĆ³n, acusaciĆ³n, vĆas recursivas y todo el sistema de justicia penal.
El Dr. Francisco RodrĆguez Camilo, en su calidad de presidente de FISCALDOM, manifestĆ³ que tambiĆ©n fueron intimados los seƱores Eduardo Estrella, Presidente del Senado de la RepĆŗblica; Alfredo Pacheco Osoria, Presidente de la CĆ”mara de Diputados de la RepĆŗblica Dominicana; JosĆ© Manuel (Jochi) Vicente, Ministro de Hacienda; JosĆ© Rijo Presbot, Director General de Presupuesto, los cuales conjuntamente con el Presidente de la RepĆŗblica, Luis Rodolfo Abinader Corona fueron intimados y puestos en mora para que en la elaboraciĆ³n, formulaciĆ³n, presentaciĆ³n y aprobaciĆ³n del presupuesto general de la naciĆ³n para el aƱo 2023 se incluyan las partidas o asignaciĆ³n presupuestaria imprescindibles para que el Consejo Superior del Ministerio PĆŗblico y la Procuradora General de la RepĆŗblica puedan mejorar la calidad de vida y las condiciones de trabajo de los miembros del Ministerio PĆŗblico, en cumplimiento de lo que se dispone en los artĆculos 1 y 3 de la Ley No.194-04; y en el numeral 9.1.11, pĆ”ginas 18 y 19 de la Sentencia TC0001/15 de fecha 28 de enero del aƱo 2015, emitida por el Tribunal Constitucional, segĆŗn consta en el acto No.304/2022 de fecha 20 de septiembre del aƱo 2022, notificado por el Ministerial Isaac Rafael Lugo, Alguacil ordinario del Tribunal Superior Administrativo.
DestacĆ³ el Dr. Francisco RodrĆguez Camilo, presidente de la AsociaciĆ³n de Fiscales Dominicanos, que con la asignaciĆ³n de los recursos econĆ³micos que les corresponden al Ministerio PĆŗblico, se cristalizarĆ” y consolidarĆ” la autonomĆa funcional, presupuestaria y administrativa consagrada en los artĆculos 169 y 170 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica, y de esa manera este Ć³rgano extra poder adscrito al sistema judicial pueda cumplir con las reivindicaciones, las conquistas, y los derechos adquiridos por los miembros del Ministerio PĆŗblico desde el aƱo 2003, con la promulgaciĆ³n de la Ley No.78-03 (derogada), los cuales fueron incorporados a la Ley No.133-11, OrgĆ”nica del Ministerio PĆŗblico, lo cual nunca se ha cumplido.
El Dr. Francisco RodrĆguez Camilo, en representaciĆ³n de la AsociaciĆ³n de Fiscales Dominicanos (FISCALDOM) manifestĆ³ que como fruto de la negativa de los gobiernos anteriores de asignarles los recursos que les corresponden a la ProcuradurĆa General de la RepĆŗblica, a todos los miembros del Ministerio PĆŗblico se les han violado sus derechos fundamentales, porque reciben el pago de un salario pĆrrico e insignificante, en violaciĆ³n a lo que disponen las leyes 78-03 (derogada) y 133-11, las cuales les asignan un salario, remuneraciones e incentivos al mismo nivel o superior al que les pagan a los jueces ante los cuales ejercen sus funciones, motivo por el cual, no soportarĆ”n mĆ”s burlas de parte de las autoridades, ni violaciones de derechos fundamentales en perjuicio de todos los fiscales del paĆs.
SegĆŗn Francisco RodrĆguez Camilo, presidente de FISCALDOM, otros derechos fundamentales que se les estĆ”n violando a todos los miembros del Ministerio PĆŗblico son: el derecho a la igualdad consagrado en el artĆculo 39 de la ConstituciĆ³n de la RepĆŗblica; el derecho a la dignidad humana, establecido en el artĆculo 38 de la Carta Magna; el derecho a la protecciĆ³n y asistencia a las personas de tercera edad, contenido en el artĆculo 57; el derecho a la seguridad social para protegerlos en la enfermedad, discapacidad, desocupaciĆ³n y vejez, entre otros.
ArgumentĆ³ el magistrado Francisco RodrĆguez Camilo que los fiscales carecen de un salario digno o decoroso, al nivel de las funciones que desempeƱan y que no pueden ejercer ninguna otra actividad pĆŗblica, ni privada; que trabajan en condiciones de peligrosidad, combatiendo la delincuencia, el narcotrĆ”fico y el crimen organizado, y a pesar de todo, sus precariedades econĆ³micas los obliga a vivir en barrios marginados, conviviendo ellos y sus familias en sus vecindarios, rodeados de los focos de delincuencia argumentando que solo en San JosĆ© de Ocoa, en el Ćŗltimo mes cuatro (4) fiscales han sido vĆctimas de atentado de parte de sectores ligados a la delincuencia y al narcotrĆ”fico; que no tienen un plan de seguro mĆ©dico de alta cobertura, por lo que en los Ćŗltimos 15 dĆas han muerto tres (3) fiscales, por carecer de buenas atenciones mĆ©dicas y de medicamentos; que hay mĆ”s de 50 fiscales en mal estado de salud provocado por el estrĆ©s laboral, padeciendo de cĆ”ncer, enfermedades cardĆacas, renales, hepĆ”ticas, estomacales, digestivas, depresivas, ansiosas, Alzheimer, insuficiencia renal e insuficiencia cardĆaca; y mĆ”s de veinte (20) que estĆ”n esperando la pensiĆ³n por vejez o discapacidad. Sin embargo, no tienen un plan de retiros, pensiones y jubilaciones, como lo ordena la Ley No.133-11, en sus artĆculos 106 y 107, lo que trae como consecuencia que los hijos, la esposa (o) y los dependientes de los miembros del Ministerio PĆŗblico estĆ”n condenados a quedar desamparados, en miseria, y en precariedades, cosa Ć©sta que no sucede con los jueces del Poder Judicial, los del Tribunal Constitucional, los miembros de la Junta Central Electoral, la PolicĆa Nacional, los militares, los maestros, los empleados del Banco de Reservas y del Banco Central.
SegĆŗn la intimaciĆ³n hecha por la AsociaciĆ³n de Fiscales Dominicanos, representada por el Dr. Francisco RodrĆguez Camilo, urge que el Presidente Luis Abinader Corona, entregue los recursos que les corresponden al Ministerio PĆŗblico, para que la Magistrada Miriam GermĆ”n Brito y el Consejo Superior del Ministerio PĆŗblico puedan: a) poner de inmediato el funcionamiento del plan de retiros, pensiones y jubilaciones del Ministerio PĆŗblico; b) pagarles a los miembros del Ministerio PĆŗblico el salario, remuneraciones e incentivos que les corresponden por mandato de la ley; c) asignarles a los miembros del Ministerio PĆŗblico y su familia un seguro mĆ©dico de alta cobertura, al mismo nivel de sus pares del Poder Judicial; d) que el Ministerio PĆŗblico pueda contar con mĆ”s recursos econĆ³micos para realizar mejores investigaciones y un trabajo mĆ”s eficiente; e) que el Ministerio PĆŗblico pueda contar con la logĆstica necesaria para la realizaciĆ³n de sus labores a nivel nacional; f) que sean mejorados los espacios fĆsicos en los cuales los representantes del Ministerio PĆŗblico puedan desempeƱar sus funciones; g) que puedan abrirse nuevos concursos para incorporar al Ministerio PĆŗblico mĆ”s personal idĆ³neo en cantidad y calidad a fin de hacer mejor trabajo en contra de la delincuencia, la violencia, el narcotrĆ”fico y el crimen organizado en todo el paĆs.
SegĆŗn Francisco RodrĆguez Camilo, casi todos los miembros del Ministerio PĆŗblico del paĆs, estĆ”n a la expectativa, esperando el llamado a paro nacional de las labores en el sistema de justicia, en cosa de que el Presidente de la RepĆŗblica, Luis Abinader no les entregue los recursos correspondientes, para lo cual estĆ”n coordinando y buscando apoyo y solidaridad de los jueces, de los defensores pĆŗblicos, del Colegio de Abogados y de la sociedad civil. Sin embargo, esa decisiĆ³n serĆ” la Ćŗltima ratio, porque estamos dando un compĆ”s de espera y les hemos dado un voto de confianza al Presidente de la RepĆŗblica para que entregue los recursos necesarios al Ministerio PĆŗblico, para que la magistrada Miriam GermĆ”n Brito y el Consejo Superior del Ministerio PĆŗblico puedan cumplir con las disposiciones constitucionales y legales a favor del Ministerio PĆŗblico; que tienen muy buenas intenciones para resolver los problemas que enfrenta el Ministerio PĆŗblico, y estĆ”n conscientes de las limitaciones, precariedades, peligrosidad, riesgos, obstĆ”culos y dificultades que tienen los fiscales del paĆs, a los cuales se les ha marginado, discriminado y violado sus derechos fundamentales.
Finalmente, Francisco RodrĆguez Camilo, hablando a nombre de FISCALDOM, manifestĆ³ su apoyo total a la gestiĆ³n y al trabajo realizado por las magistradas Miriam GermĆ”n Brito y Yeni Berenice Reynoso GĆ³mez, las cuales son personas justas y defensoras de los mejores intereses del paĆs.
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