La Comisión Especial del Senado de la República apoderada para la elección del Defensor del Pueblo, que preside el senador Ricardo de los Santos ratificó su decisión de recomendar devolver a la Cámara de Diputados las ternas recibidas para escoger al titular de dicho organismo, debido a una inobservancia al mandato del artículo 7 de la Ley 367-09, que modifica los Artículos 4 y 7 de la ley No. 19-01 del 1ro de febrero de 2001, que crea la Defensoría del Pueblo.
“Nosotros revisamos nuevamente las ternas y determinamos que existe inobservancia al artículo que ya hemos señalamos; vamos a preparar el informe legislativo para presentarlo en la próxima sesión del Senado, y que los diputados puedan hacer las correcciones de lugar”, dijo el representante de la provincia Sánchez Ramírez.
El senador Dionis Sánchez (Pedernales) explicó que también se produjo inobservancia a la reserva de ley en el artículo 191.
“Lo que esperamos es que la Cámara de Diputados realice las correcciones lo más pronto posible y así estaríamos en capacidad para continuar con el trabajo”, expresó el congresista.
La Ley 367-09 en su artículo 7 dice que de igual forma se nombrarán, en adición al Defensor del Pueblo, dos adjuntos, los cuales tendrán prerrogativas y obligaciones idénticas a las del defensor del pueblo.
La Constitución de la República, en su artículo 83, numeral 3, establece que la Cámara de Diputados deberá “someter al Senado, las Ternas del Defensor del Pueblo, sus suplentes, que no podrán ser más de dos, y los adjuntos que no podrán ser más de cinco, con el voto favorable de las dos terceras partes de los presentes”.
Además de Ricardo de los Santos (Sánchez Ramírez), también participaron en la reunión los senadores Virgilio Cedano (La Altagracia); Eddy Nolasco (Valverde); Lía Díaz Santana (Azua); Dionis Sánchez (Pedernales); Franklin Romero (Duarte); Antonio Marte (Santiago Rodríguez);y el Dr. Cristóbal Castillo (Hato Mayor).
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