Padres podrán autorizar salida de menores por un año mediante poder notarial o consular

SANTO D OMINGO.-La Dirección General de Migración (DGM) informó hoy que los padres de niños menores podrán autorizar la salida de sus hijos cuantas veces sea necesario por un período de un año, mediante un poder notarial debidamente legalizado por la Procuraduría General de la República.
En nota de prensa, la DGM informa que la disposición entrará en vigencia desde el 1ro. de septiembre próximo, junto a una serie de medidas que simplificaran el proceso de obtención del permiso de salida del país de menores de edad, “facilitará los trámites y reducir notablemente los gastos”.
La información explica que “en el caso de los menores que uno o ambos padres residan en el exterior, estos tendrán la misma facilidad mediante un poder consular debidamente apostillado en la Cancillería dominicana”.
Indica que el contenido del poder notarial o consular debe precisar quiénes estarían autorizados para acompañar al menor en su salida del país durante la vigencia del documento, pero si ninguno de los acompañantes autorizados no puede viajar deberán aportar otro poder notarial o consular.
“Si eventualmente surge alguna diferencia entre los padres y desean suspender la aplicación del poder notarial depositado en la DGM, con validez de un año, el padre o madre interesado deberá dirigirse ante la DGM y solicitar la colocación de una oposición de salida al menor”, puntualiza la nota.

Agrega que, como consecuencia de esa diferencia entre los progenitores, no se podrá expedir la certificación hasta tanto sea levantada por el padre o madre solicitante o por disposición de una sentencia del Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes.

La disposición de la DGM procura continuar mejorando la eficiencia de los servicios que ofrece, y cumplir los objetivos de los programas gubernamentales “República Digital” y “RD+Simple”.

Proceso de autorización de salida de menores por un año

Una vez depositado el expediente físico en el Departamento de Certificaciones y haber completado correctamente la solicitud en línea, la certificación podrá ser impresa desde el portal web de la DGM (https://www.migracion.gob.do), ingresando con el usuario y la contraseña.

Para los próximos viajes, el usuario podrá solicitar el servicio cargando al sistema una copia de los documentos anteriormente depositados y el pago de la tasa administrativa se efectuará únicamente con tarjetas de crédito o débito, sin necesidad de presentarse a nuestras oficinas.

Sin embargo, al momento de completar la solicitud, el usuario debe asegurarse que los datos suministrados se correspondan con la información contenida en los documentos personales (cédula/ pasaporte), de lo contrario, no podrá procesar exitosamente la solicitud.

Una vez que el usuario imprima el permiso de salida expedido por la DGM, debe presentarlo al efectuar el control migratorio de salida en el aeropuerto, puerto o puesto fronterizo, según el caso.

Se recuerda a los ciudadanos residentes en el interior del país, que este servicio puede ser solicitado en las oficinas regionales de Migración en Santiago, Puerto Plata y Punta Cana.

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