Santo Domingo.- El doctor Víctor Terrero, director ejecutivo del Consejo Nacional para el VIH y el Sida (CONAVIHSIDA), advirtió que los empleadores le siguen haciendo “agachados” la prueba de VIH a quienes optan por un puesto de trabajo, en violación a todos los preceptos legales.
Entretanto, el licenciado Juan Alberto Francisco, consultor del Observatorio de Derechos Humanos de Grupos Vulnerabilizados, reveló que los empleadores que incurren en discriminación laboral por VIH se exponen a sanciones con multas y demandas en daños y perjuicios.
“A quienes salen positivos no les dan el empleo y a quienes ya son empleados los sacan de sus puestos de trabajo”, precisó Terrero al cerrar este fin de semana el ciclo de capacitación dirigido a personal de salud y comunicadores sobre el tema de VIH.
Y añadió: “Eso es una inaceptable violación a la Constitución, a todas las leyes vigentes y a todos los derechos de la persona humana”, enfatizó el funcionario
Terrero reveló que a diario llegan al CONAVIHSIDA denuncias de empresas e instituciones públicas y privadas de personas que son rechazadas o apartadas de sus puestos de trabajo, tras conocerse su condición seropositiva.
Adujo que la discriminación y la violación a los derechos laborales de las personas seropositivas dificultan el mejoramiento de los indicadores de la epidemia y obstruye el proceso para alcanzar las metas previstas.
Dijo que el gobierno, a través de las instancias que corresponde, impulsa acciones para reducir y prevenir la discriminación, y en esa labor necesita el apoyo de todos los sectores de la sociedad.
“Desde el gobierno y la sociedad civil cada día hacemos esfuerzos por prevenir la discriminación laboral, pero muchos empresarios y empleadores no nos están ayudando”, observó.
Terrero aseguró que las personas que viven con VIH, como sujetos de derecho, pueden optar libremente a un puesto de trabajo sin que medie ninguna obstrucción basada en su condición.
Expresó que muchas veces la discriminación en el área laboral y en otros ámbitos ocurre por desconocimiento de las formas de transmisión y llamó a los empleadores a acercarse a CONAVIHSIDA y otras instancias relacionadas con la prevención y atención de la epidemia a buscar información y orientación.
“Creo que ha llegado el momento de detener estas violaciones, como una forma de que el país pueda alcanzar los objetivos de la estrategia 90-90-90”, indicó.
Juan Alberto Francisco, del Observatorio de Derechos Humanos para Grupos Vulnerablizados, dijo que el desahucio de un trabajador por su condición seropositiva conlleva multas de 70 salarios mínimos, indemnización para reparar daños y perjuicios, en tanto que el despido injustificado puede ser penado con multas de 100 salarios mínimos, restitución del trabajador afectado y pago de un año de salario.
Francisco citó el artículo 6 de la Ley 135-11 sobre VIH y el Sida, según el cual “queda prohibida toda discriminación laboral por parte del empleador físico o moral, público o privado, nacional o extranjero, quien no puede por sí mismo ni mediante otra persona, solicitar pruebas para la detección del VIH o sus anticuerpos, como condición para obtener un puesto labor, conservarlo u obtener un ascenso”.
Publicar un comentario